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La Coctelera

Comunidad Edificio Luis Uribe 2620

Plusvalía Administración

26 Noviembre 2009

Seminario sobre Prevencion del Delito en Edificios

Se felicita los Srs.Cristian Sepúlveda (Mayordomo) Carlos Paredes (Conserje) y Fernando Sepúlveda (Nochero) por su destacada participación en el Seminario “El Rol del Personal del Edificio en la Prevención del Delito.

Realizado en el Club Providencia, por Caleu y la revista de Copropiedad como parte del programa Edificios en Acción

 

Relatores:

  • Rafael Escobar Gerente General Grupo Caleu
  • Cristián Labbé Alcalde de Providencia
  • José Miguel Vallejos Experto en Seguridad
  • Aníbal Ahumada Director Revista Copropiedad
  • Juan Carlos Latorre Presidente Colegio de Gestión y Administración Inmobiliaria

 

Esto como parte del esfuerzo permanentemente que en capacitación realiza La Administración

 

CÓDIGO ÉTICO DE PLUSVALÍA ADMINISTRACIÓN

 

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25 Noviembre 2009

Refuerzo de Personal los Domingos.

Con el fin de hacer mas eficiente la mantención de los aseos del fin de semana y como una medida de aumentar la seguridad del edificio, en el mes de noviembre 2009 se contrató los servicios Part Time de la Sra. Flor Vergara quien reforzara los turnos de los días domingos desde la 09:00 hrs. A las 18:00hrs.

Se agradecerá a todos prestar ayuda a la Sra. Flor mientras logra adaptarse a las materias propias de su cargo y conocer a todos los residentes.

Agradecido por su comprensión, Sin otro particular saluda muy atentamente a ustedes,

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9 Noviembre 2009

USO DE LAS ALARMAS INDIVIDUALES

Estimados vecinos y residentes

El domingo recién pasado (08 Nov. 09) sufrimos el robo en un departamento del edificio.

Lamentablemente el personal de servicio no se enteró del siniestro si no solo hasta que el conserje de turno fue notificado por citófono del hecho, esto por que al salir las personas desde el departamento no fue conectada la Alarma Individual.

Por ello se recuerda que:

El edificio cuenta con elementos de seguridad pero es imprescindible que cada vez que usted salgan de su departamento, por corto que sea el tiempo que lo dejarán sin moradores,

"CONECTEN LA ALARMA INDIVIDUAL"
"Y DEJEN LOS 2 CERROJOS DE LA PUERTA ACTVADOS",

Esta es la única forma que tiene el personal de turno de saber que algo ocurre en su puerta y de esa forma tomar las medidas reactivas que corresponde a cada caso.

Agradecido por su cooperación,

La Administración

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1 Noviembre 2009

Temporada Piscina 2009 - 2010.-

ESTIMADOS COPROPIETARIOS Y RESIDENTES:

Con fecha 30 de octubre 2009 y mediante un acuerdo del comité de administración, se ha dado inicio oficial a La Temporada de Piscina (del edificio).
Disfrutar de este recinto necesariamente implica tomar medidas de resguardo respecto de La Seguridad de Las Personas, es por ello que desde el año 2008 La Comunidad cuenta con Un Reglamento de Uso del recinto de piscina y aéreas verdes, el cual tiene plena vigencia durante la presente temporada siendo un deber y obligación de cada usuario su conocimiento y cumplimiento. Ninguna persona podrá alegar desconocimiento de las disposiciones si es requerido por no estarlas cumpliend.
(Si usted no cuenta con un ejemplar de el puede solicitarlo en conserjería)

Accesoriamente a las disposiciones existentes se entrega algunas recomendaciones de Seguridad y Primeros Auxilios para que podamos disfrutar de manera más tranquila y agradable de un espacio de recreación y esparcimiento que es de uso común y colectivo.

o Nunca dejen solo a un niño en la piscina o cerca de ella, ni siquiera por un instante
o Evitar los flotadores inflables muy pequeños: No sustituyen los salvavidas y ofrecen al niño una falsa sensación de seguridad
o Las clases de natación deben verse como un apoyo a la seguridad y no como un reemplazo de ella.
o Jamás dejar baldes de agua en el suelo cuando existan niños pequeños.
o Mantener lejos de la piscina aparatos eléctricos de cualquier tipo.
o Cuando desocupen la piscina verifique que los usuarios sacaron todos los juguetes y objetos del interior de ella, esto para no llamar la atención de los niños
o Verificar los filtros de piscina "deben contar con sus tapas respectivas" para evitar que succiones las extremidades de algún menor.
o No realice ni permita juegos bruscos en el borde de la piscina ni dentro del agua.
o Asegurarse que los niños use un chaleco salvavidas adecuado a su peso y tamaño. Las manguitas o alitas para flotar no son seguras.
o Impida que (niños y adultos) corran por los bordes de la piscina.
o Evita los juegos bruscos, como "hacer la china", empujones en el agua o desde el borde de la piscina
o Nunca dejen vasos o envases en el borde de la piscina o dentro de ella. Los vidrios rotos dentro del agua son casi invisibles. Usa solo envases de plástico.
o Evite consumir y que se consuma alcohol, ya que disminuye tu capacidad de reacción.
o No deje a los niños sin supervisión, el adulto que esta a cargo de ellos nunca debe abandonar el área de la piscina, si tiene que hacer fuera del recinto, debe dar aviso a otro adulto.
o Si se pierde un niño, lo primero que debes hacer es revisar la piscina completa (superficie y fondo), luego el área que la rodea.

Esperando tener una feliz temporada de Piscina 2009 - 2010.-


Saluda a ustedes

La Administración

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10 Octubre 2009

SEGURIDAD PARA LAS PERSONAS

ESTIMADOS RESIDENTES:

Pese a las reiteradas normas publicadas un (a) Vecino (a) tiró por el schaf de la basura una BOTELLA DE VIDRIO” justo en el momento en que uno de los funcionarios de la comunidad retiraba un tacho desde la boca del ducto (subterráneo), el proyectil, (por que con la fuerza de la caída en eso se transformo la botella) se estrello contra el piso, saltando esquirlas las que llegaron hasta la pierna del trabajador.

Afortunadamente el incidente no paso a mayores. Pero se debe advertir a todos los residentes y usuarios del edificio que las normas dictadas tiene como principal objetivo la seguridad de las personas y solo en segundo plano la comodidad. Un acto como el detallado no es solo una falta a la reglamentación, si una persona resulta lesionada por esta acción se convierte en delito.

Por intermedio de esta nota se reitera a todos ustedes la necesidad de cumplir con las normas establecidas no para dejar de recibir sanciones si no que para vivir decentemente.

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13 Agosto 2009

REGLAMENTO INTERNO (estacionamientos)

15 agosto 2009.-

Estimados Copropietarios y residentes

Por la presente se informa a toda la comunidad los acuerdos adoptados por El Comité de Administración y que entran en vigencia a partir de esta fecha (15 AGOSTO 2009) Mismos que forman parte del Proyecto de Reglamento Interno que se esta redactando por acuerdo de La Asamblea de Copropietarios del 7 de abril del 2009.-

Reunión Comité de Administración 07 de Julio del 2009
En Santiago a catorce días del mes de julio del año dos mil nueve y a las 21.00 hrs., se reúne el Comité de Administración de la Comunidad Edificio Luis Uribe 2620, Rut. 53.307.601-7.0
Acordando lo siguiente:

Estacionamientos
Artículo Nº 3.- (transitorio) Tal como lo señala El Reglamento de Copropiedad del Edificio Luis Uribe 2620, los estacionamientos del edificio deben ser utilizados por los copropietarios y residentes según su finalidad, esto es, estacionar vehículos motorizados, por lo tanto por ningún motivo se permitirá almacenar, guardar o dejar en forma transitoria: muebles, materiales de construcción, bicicletas, etc. La infracción, o no cumplimiento a la disposición del artículo 3.- (transitorio), genera multas a beneficio de la comunidad y aplicada en el Gasto Común que van desde 1 (una) a 2 (dos) UTM, Como aporte al Fondo de Reserva
Artículo Nº 4.- (transitorio) El hecho que un usuario se encuentre ausente, no da derecho a que su estacionamiento sea utilizado por otro residente, salvo que el propietario del estacionamiento lo autorice por escrito en la bitácora del edificio y comunique al conserje del edificio señalando el o los residentes autorizados para utilizar el estacionamiento en su ausencia. Por ningún motivo se podrá facilitar o arrendar el estacionamiento a personas que no residan en el edificio. La infracción, o no cumplimiento a la disposición del artículo 15, genera multas a beneficio de la comunidad y aplicada en el Gasto Común que van desde 1 (una) a 2 (dos) UTM, Como aporte al Fondo de Reserva
Artículo Nº 5.- (transitorio) La velocidad máxima para transitar dentro de los estacionamientos exteriores y subterráneos será de 10 kilómetros por hora. Cada usuario deberá tener especial cuidado al estacionar sus vehículos, debe hacerlo en forma tal que no entorpezca o dificulte el estacionamiento o tránsito de los demás usuarios, utilizando como guía para tal fin las zonas demarcadas y solo el espacio que le corresponda. Todos los vehículos que se estacionan en el edifico deben hacerlo con la cola hacia la pared, esto como una medida de dar fluidez a la salida desde los estacionamientos en el uso diario y muy especialmente frente a una emergencia que requiera evacuación
Los vehículos de visita que utilicen el estacionamiento designado para ello, podrán utilizar dicho lugar no más de 5 horas. El uso mayor al tiempo estipulado habilita el retiro del vehículo del edificio. Las excepciones para visitas mayores a un día deben ser con autorización del comité.
La infracción, o no cumplimiento a la disposición del artículo 5, genera multas a beneficio de la comunidad y aplicada en el Gasto Común que van desde 1 (una) a 2 (dos) UTM, Como aporte al Fondo de Reserva
Artículo Nº 6.- (transitorio) En los estacionamientos estará prohibido: lavar los autos, calentar en exceso los motores, realizar aceleraciones excesivas, tocar bocinas, hacer sonar las alarmas de los vehículos, efectuar cambios de aceites y utilizar dichos lugares como taller mecánico o para vaciar ceniceros y botar desperdicios, tampoco para juegos de niños o de cualquier naturaleza y en general cualquier actividad que no sea la propia del lugar. La infracción, o no cumplimiento a la disposición del artículo 6, genera multas a beneficio de la comunidad y aplicada en el Gasto Común que van desde 1 (una) a 2 (dos) UTM, Como aporte al Fondo de Reserva
Artículo Nº 7.- (transitorio) Es obligación de los usuarios de los estacionamientos, utilizar su control remoto para accionar el portón de acceso vehicular, en caso de tener el control remoto malo o extraviado debe solicitar al conserje de turno, por citófono, que le abra el portón y por ningún motivo tocar la bocina. La infracción, o no cumplimiento a la disposición del artículo 7, genera multas a beneficio de la comunidad y aplicada en el Gasto Común que van desde 1 (una) a 2 (dos) UTM, Como aporte al Fondo de Reserva

Mediadas que entra 100% en vigencia a partir de su publicación en este Boletín a La Comunidad

 

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2 Mayo 2009

BOLETÍN PARA LOS COPROPIETARIOS Y RESIDENTES.

Fecha del boletín: ABRIL 2009, Volumen 1, nº 1
RESUMEN ACUERDO DE LA ASAMBLEA 7 ABRIL 2009
Estimados residentes:
El 7 de abril del 1009, se realizo una asamblea de copropietarios en que se tomaron, entre otros, los siguientes acuerdos:
1.- En el edificio podrán prestar servicios de telecomunicaciones todas las empresas presentes en el mercado, no se dará exclusividad a ninguna de ellas.

2.- Para velar por la seguridad de los Residentes y sus Bienes se ordena al personal de servicio que las puertas de acceso principal y desde los estacionamientos, así como la de la azotea deben permanecer siempre cerradas.

3.- Se exigirá que todos los vehículos que se estacionan en el edifico lo realicen con la cola hacia la pared, esto como una medida de dar fluidez a la salida desde los estacionamientos en el uso diario y muy especialmente frente a una emergencia que requiera evacuación.

4.- El Gimnasio sólo será utilizado por residentes mayores de edad y con sus gastos comunes al día. En caso de menores de edad que deseen usarlo deberán ser acompañados por un adulto, quien asumirá el 100% de la responsabilidad sobre ellos.

5.- Seguro Incendio, la administración contratará un seguro sólo sobre los espacios comunes, quedando la responsabilidad sobre los copropietarios sobre la contratación de los seguros individuales de cada unidad.

6. Se acuerda multar a las unidades que se atrasen en los gastos comunes con un mil pesos por día de atraso a contar del vencimiento más 30 días. Se dispone que al tercer mes de atraso, se suspenda el suministro eléctrico de la unidad impaga y se prohíbe al Administrador recibir pagos parciales sobre el monto total de la deuda. Se determina que si algún residente efectúa un depósito directo o una transferencia electrónica a la cuenta del Edificio por un monto menor al total de la deuda señalada por la administración, esto no será motivo para que se reponga el servicio eléctrico, para ese efecto solo servirá la certificación de pago extendida por el Administrador y no los comprobantes de pago directo al banco. Esta multa es independiente del pago de intereses.

Estacionar listo para salir.
Como una importante medida para ordenar el flujo vehicular desde su estacionamiento a la calle tanto en la salida diaria, como en un caso de evacuación urgente, la comunidad acordó que a partir del mes de Mayo 2009, para todos será obligatorio estacionar con el frente del vehiculo apuntando la vía de evacuación o calle de acceso.

NO

Es decir con la cola hacia la pared, evitando entorpecer "El Libre Transito".

SI

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24 Abril 2009

Acta Asamblea Ordinaria 7 abril 2009

En Santiago a siete de abril del año dos mil nueve y a las 20.30 hrs., en primera citación se encontraba presente el 8,00% de Los Copropietarios y El Presidente del Comité de Administración. No cumpliéndose con el quórum requerido en la Ley 19.537 (60,00%), se procede a esperar la segunda citación.

Siendo las 21.00 hrs. del mismo día, y con el quórum del 39,73% de Los Copropietarios tanto por sí como representados, quienes se inscriben en el listado de asistencia que se agrega en la conclusión de la presente Acta y se entiende parte integrante de ésta, se dió inicio a La Asamblea Ordinaria del Condominio Comunidad Edificio Luis Uribe 2620, Rut. 53.307.601-7, estando habilitados para votar el 100% de los asistentes que representan el 39,73% de los derechos de copropiedad.

Presidió la Asamblea el Presidente del Comité de Administración Sr. Carlos Reiher, da inicio a la asamblea señalando lo siguiente:

TABLA

1. LECTURA DEL ACTA ANTERIOR
2. RATIFICACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE ADMINISTRACION
3. PRESENTACIÓN DEL NUEVO ADMINISTRADOR
4. RESUMEN GESTIÓN ADMINISTRACION INTERINA
5. VARIOS

Siguiendo el orden de los puntos a tratar, se procede a:

1. LECTURA DEL ACTA ANTERIOR

El Sr. Carlos Reiher procede a leer el acta de la asamblea anterior de fecha 24 de Sept. de 2008. Se debate sobre el contenido de ella y queda fundamentado que la Asamblea extraordinaria de Sept. 2008 es impugnada por aspectos de forma pero que se vota sobre sus contenidos y obtiene el 100% de aprobación, por parte de la actual Asamblea, es decir, los acuerdos en ella tomados son correctos y ratificados en este acto.

2. RATIFICACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE ADMINISTRACION

Se procede solicitar la ratificación del actual Comité de Administración que se encuentra actuando en forma accidental por la impugnación del acta en que fueron nombrados.
Por votación directa y con el 100% de los votos a favor, el actual Comité de Administración es ratificado en su cargo por un período de 2 años, señalándose que tendrán todas las facultades que le otorga la Ley 19.537 y el Reglamento Interno del Edificio.

Los Directores son:

1. Sra. Alejandrina Molina

2. Sra. Helia Molina

3. Sr. Carlos A. Reiher

Se acuerda que quienes quedarán con la facultad frente a los Bancos para firmar cheques de la Comunidad serán los Directores del Comité de Administración:

1. Sra. Alejandrina Molina

2. Sra. Helia Molina

3. Sr. Carlos A. Reiher

Por lo que en este acto son designados como Apoderados frente a Bancos e Instituciones Financieras facultándolas para representar a La Comunidad Edificio Luis Uribe 2620, Rut. 53.307.601-7, con domicilio en Calle Luis Uribe 2620, de La Comuna de Ñuñoa, Santiago, quedando autorizados para que en su nombre y representación, abrir y cerrar cuentas entendiéndose ellas como cuentas corrientes, cuentas de ahorro o cualquier otro tipo de cuentas, para administrar documentos a plazo y en general para cualquier otra acción de índole administrativo o financiero y muy especialmente para firmar cheques, quedando las instituciones bancarias autorizadas para cancelar los documentos de pago emitidos con la sola firma, indistintamente, de dos de los tres miembros que componen El Comité de Administración del Edificio Luis Uribe 2620, y que se excluirá específicamente de firmar los cheques a quien cumpla las funciones de Administrador.

Se determina que para un mejor control de las firmas en cheques todos ellos serán confeccionados sólo por la Administración y pasaran para su firma al Comité, acompañados de un comprobante de egreso, foliado con numeración correlativa, el que servirá como respaldo de los documentos girados por la administración y firmados por el Comité.

3. PRESENTACIÓN DEL NUEVO ADMINISTRADOR

El Presidente del Comité de Administración señala que después de una revisión de varias propuestas de administración, se decidió la contratación del Sr. Manuel Toribio Núñez Rut. 7.861.630-k, para que desempeñe el Mandato de Administración de La Comunidad Edificio Luis Uribe 2620, Rut. 53.307.601-7 dotándolo de las Obligaciones y Facultades que otorga el Reglamento Interno del Edificio, La Ley 19.537 y su Reglamento.

Algunos copropietarios consultan al Sr. Toribio sobre su forma de administrar, procedimientos generales, visitas al edificio. El Sr. Toribio les señala que ha entregado al Comité de Administración una Propuesta Técnica de Administración de 25 páginas y que en ella se detallan todos los procedimientos. Luego de un corto debate, el Sr. Toribio es ratificado por el 100% de los votos.

En este acto el Sr. Manuel Ignacio Toribio Núñez, Rut. 7.861.630-k, en adelante, El Administrador, queda facultado para Administrar La Comunidad Edificio Luis Uribe 2620, Rut. 53.307.601-7, representándola con amplios poderes ante cualquier autoridad administrativa o municipal, y ante empresas y servicios públicos o privados y muy especialmente frente a banco e instituciones financieras para ejecutar acciones administrativas, a excepción de la firma de cheques. El Señor Toribio queda así facultado para retirar talonarios de cheques, estados de cuentas, cheques o documentos protestados, en definitiva cualquier documento administrativo.

En el ejercicio de este mandato El Administrador podrá firmar todos los instrumentos públicos o privados que fueren necesarios para el correcto desempeño de su mandato, a sola excepción de cheques bancarios. Por estas labores de administración se fija un honorario asciende a la suma de $300.000.- Líquidos Mensuales.

4. RESUMEN GESTIÓN ADMINISTRACION INTERINA

Don Carlos Reiher expone el detalle de las cuentas de gestión y financieras del período en que el Actual Comité a ejecutado los actos de administración, mismo que se adjunta a la conclusión de la presente acta y se entiende parte de ella.

La asamblea les reconoce el trabajo realizado, agradece a los 3 miembros del Comité por su desempeño y sacrificio en bien de todos y aprueba la rendición de cuenta sin reparos, con el 100% de los derechos de copropiedad.

5. VARIOS

Se debate largamente sobre diferentes temas y se toman, por mayoría los siguientes acuerdos:

1. En el edificio podrán prestar servicios de telecomunicaciones todas las empresas presentes en el mercado, no se dará exclusividad a ninguna de ellas.

2. Para velar por la seguridad de los Residentes y sus Bienes se ordena al personal de servicio que las puertas de acceso principal y desde los estacionamientos, asi como la de la azotea deben permanecer siempre cerradas.

3. Se exigirá que todos los vehículos que se estacionan en el edifico lo realicen con la cola hacia la pared, esto como una medida de dar fluidez a la salida desde los estacionamientos en el uso diario y muy especialmente frente a una emergencia que requiera evacuación.

4. El Gimnasio sólo será utilizado por residentes mayores de edad y con sus gastos comunes al día. En caso de menores de edad que deseen usarlo deberán ser acompañados por un adulto, quien asumirá el 100% de la responsabilidad sobre ellos.

5. Seguro Incendio, la administración contratará un seguro sólo sobre los espacios comunes, quedando la responsabilidad sobre los copropietarios sobre la contratación de los seguros individuales de cada unidad.

6. Se acuerda multar a las unidades que se atrasen en los gastos comunes con un mil pesos por día de atraso a contar del vencimiento más 30 días. Se dispone que al tercer mes de atraso, se suspenda el suministro eléctrico de la unidad impaga y se prohibe al Administrador recibir pagos parciales sobre el monto total de la deuda. Se determina que si algún residente efectúa un depósito directo o una transferencia electrónica a la cuenta del Edificio por un monto menor al total de la deuda señalada por la administración, esto no será motivo para que se reponga el servicio eléctrico, para ese efecto solo servirá la certificación de pago extendida por el Administrador y no los comprobantes de pago directo al banco. Esta multa es independiente del pago de intereses.

7. Se faculta al Comité de Administración para que con la colaboración del Administrador redacte un Reglamento Interno que fije normas de conducta a todos los ocupantes a cualquier titulo del Edificio. Normas que entran en funciones al momento de su publicación y que posteriormente podrán ser ratificadas, modificadas o enmendadas por la Asamblea de Copropietarios.

Por último se faculta al portador de la presente Acta, para reducirla total o parcialmente a Escritura Pública.

Siendo las 23.48 hrs. El Presidente del Comité Administración da por finalizada la Asamblea.

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